Análisis · Fiscalidad
Plan de pensiones en 2024: ¿fiscalidad ventajosa o trampa diferida?
Aportas hoy y deduces en el IRPF, pero el rescate tributa al tipo marginal como rendimiento del trabajo.
El incentivo fiscal existe, pero solo funciona bajo ciertas condiciones
El plan de pensiones es el producto de ahorro-inversión con mayor promoción bancaria en España, y no es casualidad: genera comisiones recurrentes, fideliza al cliente a largo plazo y se vende con un argumento poderoso, la deducción fiscal inmediata en el IRPF. El límite de aportación deducible se redujo de 8.000 € a 1.500 € en 2022, lo que ya erosionó parte de su atractivo para rentas medias-altas. Pero el argumento fiscal sigue siendo válido en una circunstancia concreta: si tu tipo marginal durante los años de aportación es significativamente mayor que el tipo efectivo al que rescatarás el capital. Para alguien en el tramo del 45% durante su vida laboral que rescata en forma de renta con un tipo efectivo del 28% en la jubilación, la ventaja es real y considerable. Para alguien con ingresos similares en ambas fases, la diferencia se reduce y puede llegar a ser negativa si el fondo acumula comisiones de gestión superiores al 1% anual durante dos décadas.
Cuándo el ETF indexado supera al plan de pensiones sin discusión
Si tu tipo marginal actual no es notablemente superior al que esperas tener en la jubilación, o si el plan de pensiones disponible en tu banco cobra más de un 0,80% de comisión de gestión anual, la comparativa con un ETF indexado de acumulación sobre el MSCI World o el STOXX 600 suele resultar favorable al ETF. El ETF tributa solo en el momento de la venta, al tipo de las rentas del ahorro —actualmente entre el 19% y el 28% en España—, mientras que el rescate del plan de pensiones lo hace como rendimiento del trabajo, absorbiendo parte de la tarifa progresiva. Además, el ETF ofrece liquidez total en cualquier momento sin penalización, mientras que el plan de pensiones solo puede rescatarse en supuestos específicos antes de la jubilación. La conclusión honesta: el plan de pensiones puede tener sentido como complemento si tienes acceso a uno con comisiones bajas —algunos planes de empleo o comercializados por gestoras independientes rondan el 0,15%–0,30% anual— y si tu diferencial de tipos es favorable. En caso contrario, un fondo indexado o un ETF de acumulación es probablemente más eficiente fiscalmente a largo plazo.
